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🔒 Asesoría Ley de Protección de Datos Personales
La Ley N° 21.719 moderniza por completo la protección de datos personales en Chile. Es nueva, las multas son altas y todavía se está formando la Agencia que va a fiscalizarla — por eso conviene prepararse ahora, no cuando ya esté encima. Rodrigo Bulnes revisa el caso concreto de tu empresa en una primera sesión y te deja los documentos que necesitas, hechos a la medida.
Vigencia fijada para el 1 de diciembre de 2026 — desde esa fecha rigen las obligaciones de la Ley 21.719 y empieza a operar la Agencia de Protección de Datos Personales, con facultad para fiscalizar y aplicar multas.
Las empresas Pyme (según categorías de la Ley 20.416) tienen un primer año solo con amonestación, sin multa, mientras se ajustan — pero igual deben cumplir desde el primer día.
Ojo, puede cambiar: el 1 de septiembre de 2026 el Gobierno ingresó al Senado un proyecto de ley (boletín 18.623-07, con suma urgencia) que posterga la entrada en vigencia al 1 de diciembre de 2027. Mientras no sea aprobado y publicado en el Diario Oficial, la fecha legal sigue siendo el 1 de diciembre de 2026. Información actualizada al 30 de septiembre de 2026.
Asesoría con abogado
Primera sesión — desde 2,5 UF
Se revisa contigo qué datos personales trata tu empresa, de quién, para qué, con quién los compartes y qué te exige la ley en tu caso concreto. Sales de la sesión con los documentos que correspondan ya armados, y con claridad de qué más te falta.
Desde 2,5 UF abogado senior · 45 min · tú puedes ajustar duración o categoría al agendar
Agenda tu asesoría de Protección de Datos →
Incluido en la asesoría
Los documentos que se pueden dejar armados
Estos 4 documentos se entregan como parte de la asesoría — no se venden sueltos, porque para armarlos bien primero hay que revisar qué datos trata tu empresa y con qué base legal. Si tu caso solo necesita uno, la sesión igual se cobra desde 2,5 UF; si necesitas los 4 o trabajo adicional (por ejemplo, un registro de actividades de tratamiento a la medida), eso se cotiza aparte según lo que pidas.
- Política de Privacidad y Tratamiento de Datos PersonalesEl documento público que toda empresa debe tener disponible para sus clientes y usuarios — qué datos recopila, para qué, con quién los comparte y cómo ejercer los derechos ARCO+P.
- Procedimiento Interno de Derechos ARCO+PCómo tu empresa responde cuando alguien pide acceder, rectificar, cancelar u oponerse al uso de sus datos — con los plazos reales que exige la ley (30 días corridos, prorrogables una vez).
- Contrato de Encargado de Tratamiento de Datos (DPA)Si le entregas datos personales a un proveedor externo (nube, marketing, contabilidad), este contrato es el que exige la ley para esa relación.
- Protocolo de Notificación de Vulneraciones de SeguridadQué hacer internamente si hay una filtración o un acceso no autorizado a datos — a quién avisar primero, en qué plazo y con qué contenido.
Cómo funciona
- Agendas tu primera sesión. Eliges hora en el calendario y pagas el valor de esa sesión (desde 2,5 UF, según categoría y duración).
- Revisamos tu caso. Qué datos trata tu empresa, de quién, con qué base legal, y con quién los compartes.
- Sales con los documentos que correspondan. Hechos a la medida de tu empresa, no genéricos.
- Si necesitas más, se cotiza aparte. Por ejemplo, más documentos, capacitación al equipo, o revisión de un caso específico — siempre con precio claro antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Por qué no puedo generar el documento yo mismo, como los otros de Rumbo Legal?
Porque la Ley 21.719 es nueva y todavía no hay jurisprudencia ni criterios asentados de la Agencia — un documento genérico mal adaptado puede dejar a tu empresa peor que sin documento. Se prefiere que un abogado revise primero qué te aplica a ti.
¿El precio de 2,5 UF es fijo o puede subir?
Es el precio ancla de la primera sesión, calculado con abogado senior a 45 minutos — la misma tabla de precios que usa el resto de las consultas de Rumbo Legal. Si tu caso necesita más tiempo o un abogado de otra categoría, lo eliges tú mismo al agendar y el precio se ajusta antes de pagar, nunca después.
¿Sirve para cualquier tamaño de empresa?
Sí. Las Pyme tienen un primer año de solo amonestación (sin multa) mientras se ajustan a la ley, pero igual deben cumplir desde que la ley entre en vigencia: hoy, el 1 de diciembre de 2026, o el 1 de diciembre de 2027 si se aprueba la postergación que está en el Senado. En cualquier caso, conviene llegar preparado antes, no después.